viernes, 30 de enero de 2009

ORDENANZA DE LOS SÍMBOLOS

Por Henry Nadales (*)
21 de enero de 2008.

Dieciséis artículos contiene la Ordenanza de los Símbolos del Municipio Pedraza, que fue dada firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Palacio Municipal de Ciudad Bolivia, capital del municipio Pedraza, el día 22 del mes de enero del año 2002. Los que suscribieron el instrumento legal fueron Frenchi Tomás Díaz Rodríguez, alcalde del municipio y en consecuencia presidente del Concejo Municipal para la época y Nereida Belandria Mora, quien para la fecha se desempeñaba como secretaria del órgano legislativo local.

Los símbolos son emblemas o figuras retóricas o artísticas que consisten en utilizar asociaciones subliminales de palabras o signos para producir emociones conscientes que identifican a los pueblos o comunidades que generalmente tienen similares destinos. Son representaciones sensorialmente perceptibles de una realidad, en virtud de los rasgos que se asocian con ésta por una convención socialmente aceptada.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 1 de la Ordenanza, los símbolos del municipio Pedraza son La Bandera, El Escudo de Armas y El Himno Municipal, que deben ser venerados por los pedraceños y respetados por todos los habitantes del municipio. En los artículos de la ley con ámbito local están establecidos las características y los elementos que identifican a los tres símbolos del municipio. La Bandera es un rectángulo de tres colores dispuestos en igual cantidad de franjas horizontales de igual longitud e igual anchura; sus colores son en el siguiente orden: rojo, azul y verde, y su diseño corresponde a Juan Ramón Castillo Castillo. Se adoptó como Escudo de Armas el establecido por Resolución del Alcalde fechado el 28 de noviembre de año 2000 y también elaborado por el creador de La Bandera. Además se acogió como El Himno Municipal a la pieza musical establecida como himno en la misma Resolución de noviembre del año 2000 y que su letra escribió el poeta Esaú Escalante y que la música compuso el profesor Baltasar Betancourt. Además indica la forma en que deben emplearse y la manera como están obligados a rendirles honores todos los ciudadanos y ciudadanas residentes en el área territorial hasta donde tiene competencia la Ordenanza.

Cuatro artículos de la Ordenanza establecen las sanciones a que serán sometidos los infractores de las disposiciones establecidas en ella con respecto a los deberes y obligaciones que están obligados todos los residentes en el territorio del municipio Pedraza.


(*) Cronista oficial del municipio Pedraza.Estado Barinas

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