viernes, 30 de enero de 2009

BANDERA MUNICIPAL DE PEDRAZA

Por Henry Nadales (*)
14 de agosto de 2006.

La bandera municipal de Pedraza fue diseñada a finales del año dos mil por encargo del señor Alcalde del municipio, y esa responsabilidad recayó en el licenciado Juan Ramón Castillo Castillo. El diseño de esta bandera se hizo teniendo presente que es un rectángulo formado por tres franjas de igual longitud y anchura.

La primera de esas tres franjas es de color rojo; este es el primer color del espectro solar y representa la fuerza, la raza bravía de nuestros antepasados y el calor humano de la gente de Pedraza. La segunda franja es de color azul, que es el quinto color del espectro solar, comprendido entre el verde y el violeta, y simboliza todo lo que tiene vida en el municipio, en el cielo y el espacio; es un elemento con tono terso, limpio, puro como el agua de los ríos, que viajan en el tiempo hasta el inmenso río Apure. La tercera franja es de color verde esperanza, que es el cuarto color del espectro solar visible, identifica la frescura de los bosques y praderas, con la cual el pedraceño sueña y se vuelve poeta.

La bandera municipal de Pedraza posee de cuatro estrellas blancas de igual tamaño; simbolizan la misma cantidad de parroquias en las que se divide territorialmente el municipio, y se ubican en forma de arco en la segunda franja, la de color azul.

El Artículo 3 de la Ordenanza de los Símbolos del Municipio Pedraza, promulgada el día 22 de enero de 2002, establece que esta bandera deberá enarbolarse en el edificio donde funciona el Concejo Municipal durante las sesiones de este cuerpo y cuando se encuentre en receso los días en que sesione el Cabildo. También deberá hacerse en el edificio donde funcione la Alcaldía y en las oficinas públicas municipales, parroquiales y particulares. Además deberá izarse el 4 de agosto de cada año, día del Santo Patrón, y en las fechas conmemorativas del nacimiento y muerte de los siguientes próceres: Carlos María González Bona, Ramón Ignacio Méndez y Dominga Ortiz. Manda también esta ley municipal que deberá hacerse los días de fiestas nacionales y demás fechas que por acuerdos y resoluciones especiales lo dispongan los poderes públicos municipales, y en todos los casos que fuere obligatorio enarbolar la bandera nacional, de conformidad con las leyes.

La bandera municipal de Pedraza deberá enarbolarse junto a la bandera nacional y la del estado Barinas, siempre correspondiéndole el flanco izquierdo de la nacional.

(*) Cronista oficial del municipio Pedraza.
Estado Barinas

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